Las contundentes palabras de la ministra de la Producción
Gladys Triveño, al afirmar que el gran problema que afronta la pesca artesanal
es que no está orientada al consumo humano directo sino a la industria, han
precedido la acertada publicación del Decreto Supremo 005-2012- PRODUCE, que ha
significado un letal golpe en la nuca a inescrupulosos industriales harineros
camuflados en el sector artesanal, quienes han creado un inusitado poder
económico con esta ilegal actividad, contando con el apoyo de malas
autoridades regionales que blindan su accionar y que han pegado un grito al
cielo al ver frustrada esta vil convivencia ! corrupta.
El censo artesanal realizado en
marzo pasado, después de soportar injustamente duras campañas de desprestigio,
ha sido útil para dimensionar el grave problema de descontrol existente y la
poca voluntad de los gobiernos regionales para asumir una conducta responsable
con visión nacional, por lo que, respondiendo al carácter unitario que
debe tener el Estado, PRODUCE ha optado por poner fin al mal uso de las
facultades regionales y dictar una medida de aplicación nacional para proteger
el recurso anchoveta y su espacio biológico que necesita para su fase
reproductiva y que se ubica dentro de las 5 millas marinas.
Para ordenar el sector, esta
norma define como artesanal, a quien emplea embarcaciones de hasta 10 metros
cúbicos de capacidad de bodega, siendo su trabajo manual y establece la zona
comprendida entre 0 y 5 millas marinas como exclusiva para la realización de su
actividad pesquera. De igual manera, define como de menor escala a quien emplea
embarcaciones de más de 10 metros y hasta 32.5 metros cúbicos de capacidad de
bodega, las cuales se encuentran preferentemente implementadas con modernos
equipos y sistemas de pesca, y establece su zona exclusiva de actividad
pesquera por encima de las 5 y hasta las 10 millas marinas.
Definitivamente, esta medida tiene
como primer objetivo retirar de las 5 millas a quienes se disfrazan de
artesanales y lucran vilmente destinando la anchoveta a la elaboración de
harina de pescado, para lo cual los ubica dentro de los de menor escala y
traslada su accionar a partir de las 5 hasta las 10 millas, a la vez que los
obliga a pagar los derechos de pesca y a contar con el sistema de seguimiento
satelital. Expresa además, que se podrá destinar, excepcionalmente, el 40% del
total recibido a estas embarcaciones para harina residual y en ningún caso será
aplicable para las artesanales, bajo apercibimiento de iniciarse procedimiento
administrativo sancionador.
Del mismo modo, se caducarán las
licencias de los titulares de las plantas de procesamiento de recursos
hidrobiológicos que acumulen sanciones por contravenir el Reglamento de
Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta o por no permitir el acceso e
intervención de los inspectores de PRODUCE, que verá fortalecida su labor
supervisora sin esperar suscribir documento alguno que autorice su
intervención.
Obliga además a la información
detallada de las embarcaciones sobre la cantidad extraída y la entregada a los
establecimientos industriales, así como la adquirida por las plantas y la que
procesa, advirtiéndoles que el incumplimiento en la entrega de esta
información, constituye infracción pasible de sanción.
En
suma, esta norma busca proteger este preciado recurso y el ecosistema marino,
acabar con la informalidad y la corrupción instalada en el sector artesanal, y
sobre todo que su pesca se oriente verdaderamente a cubrir la demanda
alimentaria de la población. La sociedad civil en su conjunto, no le debe temer
a la lógica reacción de inescrupulosos industriales que han acusado el mortal
golpe y piden la salida de la titular del sector.
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