Asturias, Patria querida es
el himno oficial del Principado de Asturias según establece la Ley 1/1884 de 27
de abril. Se trata de una canción
popular, que estaba tan arraigada entre los asturianos que fue elegida
finalmente como himno.
Según las últimas investigaciones, realizadas por
Fernando de la Puente Hevia, parece ser que su origen está en Cuba. Ignacio
Piñero músico cubano, hizo la canción
para homenajear a su padre que era asturiano y había vuelto a Asturias para
morir. Se sospecha que la melodía fue adaptada de una que cantaban mineros
silesianos que iban a trabajaban a las minas de las Cuencas Mineras del Caudal
y de Mieres a principios del siglo XX.
El himno se emplea en los actos solemnes de la Junta
General y del del Gobierno del Principado de Asturias y suele emplearse también
como final de muchos actos de carácter cultural, musical, festivo, etc,
acostumbrando a interpretarse y cantarse todos los años en el Día de
les Lletres Asturianes (Día de las letras asturianas). Pese a su gran
uso y la dignificación que tuvo la canción tras la aprobación de la ley, hay
personas dentro de los movimientos asturianistas que lo siguen calificando como
«excesivamente festivo y poco comprometido con la lucha», por la que,
teóricamente, habría que proponer un himno nacional.
Asturias, Patria
querida,
Asturias de mis amores;
¡quién estuviera en Asturias
en todas las ocasiones!
Tengo de subir al árbol,
tengo de coger la flor,
y dársela a mi morena
que la ponga en el
balcón,
Que la ponga en el
balcón,
que la deje de poner,
tengo de subir al árbol
y la flor he de coger
Durante la Revolución de Asturias de 1934, los sublevados socialistas asturianos
entonaban un cantar popular, cuya letra decía así:
Asturias, tierra bravía,
Asturias, de luchadores;
no hay otra como mi Asturias
para las revoluciones.
Estribillo
Tengo que bajar a Oviedo
empuñando mi fusil
y morirme disparando
contra la guardia civil;
Contra la guardia civil
y los cobardes de Asalto;
tengo que bajar a Oviedo
y morirme disparando.
Los obreros, en Asturias,
demostraron su heroísmo
venciendo a la clerigalla
y al feroz capitalismo
Estribillo
Los de Lerroux y la CEDA
son los verdugos de España,
los que roban las conquistas
del obrero que trabaja.
Estribillo
DISPOSICIONES GENERA LES
PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO:
Ley 1/1984, de 27 de Abril, por la que se establece
el Himno del Principado y se regula su uso
Sea notorio que la Junta General del Principado ha
aprobado, y, yo, en nombre de Su
Majestad el Rey, y de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía para Asturias, vengo en promulgar la siguiente Ley por la
que se establece el Himno del Principado y se regula su USO.
Exposición de motivos
El artículo tercero, dos, del Estatuto de Autonomía
para Asturias preceptúa que el Principado de Asturias establecerá su himno por
Ley del Principado.
Se cumple este mandato estatutario al reconocer la
voluntad del pueblo asturiano, manifestada de forma ostensible y mayoritaria en
favor de la melodía y el texto de la popularísima canción "Asturias,
Patria querida", cuya resonancia ha
traspasado los límites de la Región y de España.
Su profundo valor simbólico ha venido articulando
una dialéctica anticipada de identidad Pueblo-Himno, asumida en el tiempo con
emoción solidaria y respeto por todos los hijos de nuestra tierra a lo largo,
al menos, de los seis últimos decenios.
Cristaliza esta asunción popular del "Asturias,
Patria querida" al venir
empleándose, espontáneamente, desde el
advenimiento de la democracia en nuestro país, incluso en los actos
oficiales de mayor rango presididos por las más altas representaciones del
Estado.
En concordancia con el sentimiento popular, se
establecen dos versiones de la letra del Himno: la original y otra en
asturiano.
Se sanciona así por Ley lo que ya era evidente
expresión popular de la colectividad asturiana presente y ausente del Principado.
Texto articulado
Artículo 1.-Se establece como Himno del Principado
la popular canción "Asturias, Patria querida". 1478 BOLETÍN OFICIAL
DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 4-V-84
Artículo 2.-La letra del Himno del principado es la
siguiente:
-Versión original:
-Asturias,
Patria querida,
Asturias
de mis amores;
¡quién
estuviera en Asturias
en
todas las ocasiones!
-Tengo
de subir al árbol,
tengo
de coger la flor;
y
dársela a mi morena
que
la ponga en el balcón.
-Que
la ponga en el balcón,
que
la deje de poner,
tengo
de subir al árbol
y
la flor he de coger.
Versión
en asturiano:
-Asturies,
Patria querida,
Asturies
de mios amores;
i
Ai!, jquih tuviera n' Asturies
en
toes les ocasiones!
-Tengo
de subir al árbol,
tengo
de coyer la flor,
y
dá-yla a la mi6 morena
que
la ponga nel balcón.
-Que
la ponga nel balcón,
que
la dexe de poner,
tengo
de subir al árbol
y
la flor tengo coyer.
Asturias,
Patria querida
Artículo 3.-La melodía del Himno del Principado es
la contenida en la partitura que se transcribe en el anexo de la presente Ley.
Artículo 4.-E1 Himno del Principado de Asturias
habrá de ser interpretado en aquellos actos oficiales de carácter público y
especial significación organizados por la Comunidad Autónoma y por los Municipios de Asturias.
Articulo 5.-Queda prohibida la utilización del Himno
del Principado en actos, formas o versiones que menoscaben su alta significación.
Artículo 6.-E1 Himno de Principado será protegido de
idéntica forma que los demás símbolos del Estado, del que es parte integrante
del Principado de Asturias.
El Consejo de Gobierno del Principado, en el plazo
de dos meses desde su entrada en vigor, desarrollará reglamentariamente lo establecido en la presente Ley.
Por lo tanto, ordeno a todos los ciudadanos a
quienes sea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento, así como a
todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.
Oviedo, veintisiete de Abril de mil novecientos
ochenta y cuatro.-Pedro de Silva Cienfuegos-Jovel1anos.
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