domingo, 16 de febrero de 2014

LA ENCOMIENDA

La encomienda fue una institución socio-económica mediante la cual un grupo de individuos debía retribuir a otro en trabajo, especie o por otro medio, para disfrutar de un bien o una prestación que hubiesen recibido. La institución del siervo sujeto a un señorio estaba establecida en toda Europa. Así, existía una relación de dependencia por la que el más fuerte daba protección al más débil a cambio de comprometerse a guardar fidelidad y entregarle determinados servicios.
En Castilla y Aragón durante la Edad Media, se trataba de territorios inmuebles, rentas o beneficios pertenecientes a una orden militar a cuyo frente se encontraba un caballero de hábito, denominado comendador que era nombrado por el maestre de la orden. Constituyeron auténticas circunscripciones de las órdenes. La encomienda tuvo un papel en la España de la Reconquista en la que los cristianos precisaban de un sistema social de organización con el que gestionar y repoblar los territorios que lograban tras sus victorias.
Se dice también encomienda a la donación de una entidad eclesiástica vacante a una persona eclesiástica a la que se denominaba comendador, que debía cuidar de la misma hasta que se cubriera oficialmente el puesto.
La encomienda en América.- Cuando Colón llega a La Española descubrirá yacimientos auríferos. Para su extracción creará un impuesto a la población nativa, según el cual todo indígena mayor de 14 años debía entregarle cada tres meses un cascabel de Flandes lleno de oro y una arroba de algodón. Según la obra Historia del Almirante, escrita por Hernando Colón. Cristóbal Colón conquistaba siempre los territorios en nombre de los Reyes Católicos pero con la llegada del juez pesquisidor Francisco de Bobadilla en el año 1500 Colón fue arrestado y Francisco explotaría las desavenencias de los colonos contra Colón y les ofrecería indios en encomienda y tierras a cambio de su apoyo contra el Almirante. Francisco de Bobadilla se nombraría gobernador y tomaría posesión del palacio y propiedades de Colón en Santo Domingo. Posteriormente, Bobadilla sería relevado por Nicolás de Ovando. Colón estableció una orden según la cual la mitad de todo el oro que obtuvieran los colonos debía entregarse a la Corona aunque nadie obedecía esa orden hasta que Ovando bajó la cantidad a una quinta parte.
En 1503 Nicolás de Ovando escribiría a la Corona instando a instrucciones para que la conversión al cristianismo de los indios se hiciera sin someterlos a fuerza alguna, a que los indios en lugar de vivir de forma dispersa y primitiva "se congregaran en pueblos, como están las personas que viven en nuestros reinos" y que se fomentaran los matrimonios interraciales, en vistas a una más pronta civilización y cristianización. Las encomiendas se institucionalizarán en América por una Real Provisión del 20 de diciembre de 1503.
Para evitar recuperar los malos usos y los sistemas medievales abolidos en 1509 la Corona decretó que la encomienda no podía considerarse a perpetuidad y que los indios sólo podían ser encomendados por un periodo máximo de dos años.
Según  Rodríguez Demorizi, La encomienda es un derecho concedido por merced real a los beneméritos de Indias para recibir y cobrar para sí los tributos de los indios que se les encomendasen por su vida y la de un heredero, con rango de cuidar de los indios en lo espiritual y temporal y defender las provincias donde fueren encomendados
Los tributos indígenas en especie (que podían ser metales, ropa o bien alimentos como el maíz, trigo, pescado o gallinas) eran recogidos por el cacique de la comunidad indígena, quien era el encargado de llevarlo al encomendero. Quien  encomendero estaba en contacto con la encomienda, pero su lugar de residencia era la ciudad, bastión neurálgico del sistema colonial español.
La encomienda fue una institución que permitió consolidar la dominación del espacio que se conquistaba, puesto que organizaba a la población indígena como mano de obra forzada de manera tal que beneficiaran a la corona española.
Supuso una manera de recompensar a aquellos españoles que se habían distinguido por sus servicios y de asegurar el establecimiento de una población española en las tierras recién descubiertas y conquistadas.
La encomienda también sirvió como centro de culturización y evangelización obligatoria. Los indígenas eran reagrupados por los encomenderos en pueblos llamados "Doctrinas", donde debían trabajar y recibir la enseñanza de la doctrina cristiana a cargo generalmente de religiosos pertenecientes a las Órdenes regulares. Los indígenas debían encargarse también de la manutención de los religiosos.
La encomienda de la colonización española de América y Filipinas fue establecida como un derecho otorgado por el Rey (desde 1523) en favor de un súbdito español. El español titular del derecho (encomendero) recibe la encomienda con el objeto de que éste percibir los tributos que los indígenas debían pagar a la corona (en trabajo o en especie y, posteriormente, en dinero), en consideración a su calidad de súbditos de ésta. A cambio, el encomendero debía cuidar del bienestar de los indígenas  en lo espiritual y en lo terrenal, asegurando su mantenimiento y su protección, así como su adoctrinamiento cristiano (evangelización). Sin embargo, se produjeron abusos por parte de los encomenderos y el sistema derivó en muchas ocasiones en formas de trabajo forzoso o no libre, al reemplazarse, en muchos casos, el pago en especie del tributo por trabajo en favor del encomendero.
El reparto de las encomiendas no fue homogéneo entre todos los españoles. En 1514 más de la mitad de los españoles no tenían ningún indio a su cargo mientras que el 11% de los que sí tenían habían recibido el 44% de estos.
Legislación contra los abusos.-  La encomienda dio lugar a ciertos abusos y, en algunos casos, a una especie de esclavitud encubierta. Estos comportamientos fueron denunciados por auténticos humanistas españoles, como Fray Montesinos y Fray Bartolomé de las Casas. Fray Matías de Paz reflexionó desde el punto de vista cristiano mientras que el jurista López de Palaci y Rubios aportó un punto de vista jurídico. Bartolomé de las Casas llegaría a ser atendido por Carlos I y Felipe II.
Las Leyes de Burgos. - En 1512 las denuncias de Fray Montesinos, relativas a algunos abusos de estas primeras encomiendas, provocan la inmediata promulgación de las Leyes de Burgos ese mismo año, ampliadas un año después, donde se desarrolla y define de manera explícita el sistema laboral en las encomiendas, con los siguientes derechos y garantías de los indios y las obligaciones de los encomenderos de trato justo: trabajo y retribución equitativa y que evangelizara a los encomendados. Sin embargo, a partir de la secularización del Imperio español, estas obligaciones fueron omitidas transformándose la encomienda en un sistema de trabajo forzado para los pueblos originarios en favor de los encomenderos.  El 9 de diciembre de 1518, esta ley se enriquece estableciendo que solo podrán ser encomendados aquellos indios que no tengan recursos suficientes para ganarse la vida, así como que en el momento en que fuesen capaces de valerse por sí mismos, habrían de cesar en la encomienda.  Las leyes llegaban a obligar a enseñar a leer y escribir a los indios.
Las Leyes Nuevas.-   En 1527 surge una nueva ley que determina que la creación de cualquier nueva encomienda habrá de contar necesariamente con la aprobación de religiosos, sobre quienes recae la responsabilidad de juzgar si a un colectivo concreto de indios les podría ayudar a desarrollarse una encomienda, o si resultaría contraproducente.
En 1547 Carlos I, tras 50 años de existencia de la encomienda, considera que los indios han adquirido el suficiente desarrollo social como para que todos los indios deban ser considerados súbditos de la Corona como el resto de españoles. Por eso, se crean en 1542 las Leyes Nuevas, donde queda consignado que: No se asignarán nuevas encomiendas, y las ya existentes habrán de morir necesariamente con sus titulares.
Quedan suprimidas aquellas encomiendas que obraban a favor de miembros del clero, de funcionarios públicos, o de personas sin título de conquista.
Se limita considerablemente el importe de los tributos que habían de satisfacer los encomendados.
Es abolida definitivamente cualquier forma de esclavitud que pudiese quedar, así como cualquier otra categoría de trabajo forzoso.
Los nuevos Virreyes llegaron a América con órdenes expresas de que se cumplieran estas leyes, lo contrario que había pasado con las anteriores, llegando a haber una guerra en Perú entre los encomenderos y los leales al rey en 1544 capitaneada por Gonzalo Pizarro y otra en 1553 capitaneada por Francisco Hernández Gijón. Mientras, en el Virreinato de Nueva España, el virrey Luis Velasco y Ruiz de Alarcón liberaba a 15.000 indígenas.
Lamentablemente, las Leyes Nuevas no pudieron aplicarse plenamente. En Perú, como hemos comentado, fueron tomadas como excusa para una grave revuelta, capitaneada por Gonzalo Pizarro, y esto, unido a la presión de varios grupos de poder, hizo que Carlos I dejara sin vigor el artículo 30, que eliminaba el carácter hereditario de las encomiendas. Esto provocó que en algunas zonas perviviera hasta 1791. En la segunda mitad del siglo XVI el Virrey de Perú Francisco de Toledo trató la supresión del derecho de herencia de las encomiendas con Felipe II pero el tema no se resolvió.

Decadencia en América.- Las denuncias frente al maltrato de los indígenas por parte de algunos de los encomenderos, nunca por mandato de la Corona Española, y el advenimiento de la llamada catástrofe del siglo XVII, aunque en algunos lugares llegó a sobrevivir aún hasta el siglo XVIII. La encomienda fue siendo reemplazada por un sistema de esclavitud abierta de personas secuestradas en África y llevadas forzadamente a América.
En Chile, Ambrosio O'Higgins, mediante un edicto del 7 de febrero de 1789, suprimió las encomiendas cuando ya eran simplemente una institución en decadencia. Este edicto fue ratificado por Carlos IV en 1791, fecha en que se concretó su abolición definitiva. 
La institución de la encomienda se basaba fuertemente en la adscripción tribal del individuo sujeto a ella (siendo de hecho los caciques, curacas, u otros jefes tribales quienes actuaban como intermediarios y organizadores del servicio). A los mestizos, por ejemplo, la ley los eximía de la encomienda. Esto provocó que muchos aborígenes buscaran deliberadamente diluir su identidad étnica o tribal y la de sus descendientes, intentando casarse con individuos de distinta etnia, especialmente con españoles (recién llegados, o criollos). La encomienda, de este modo, debilitó severamente la etnicidad e identificación tribal de los Amerindios, y esto a su vez disminuyó el número de potenciales encomendados. Son, en definitiva, factores como el mestizaje y la progresiva disminución de los naturales, lo que terminó por transformar el sistema de encomienda en uno de inquilinaje o latifundismo en la América Colonial.

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