La encomienda fue
una institución socio-económica mediante la cual un grupo de individuos debía
retribuir a otro en trabajo, especie o por otro medio, para disfrutar de un
bien o una prestación que hubiesen recibido. La institución del siervo sujeto
a un señorio estaba establecida en toda
Europa. Así, existía una relación de dependencia por la que el más fuerte daba
protección al más débil a cambio de comprometerse a guardar fidelidad y entregarle determinados servicios.
En Castilla y Aragón durante la Edad Media, se trataba de territorios inmuebles, rentas o beneficios pertenecientes a una orden militar a cuyo frente se encontraba un caballero de hábito, denominado comendador que era nombrado por el
maestre de la orden. Constituyeron auténticas circunscripciones de las órdenes.
La encomienda tuvo un papel en la España de la Reconquista en la que los cristianos precisaban de un sistema
social de organización con el que gestionar y repoblar los territorios que
lograban tras sus victorias.
Se dice también encomienda a la donación de una entidad eclesiástica vacante a una
persona eclesiástica a la que se denominaba comendador, que debía cuidar de la misma hasta
que se cubriera oficialmente el puesto.
La encomienda
en América.- Cuando Colón llega a La Española descubrirá
yacimientos auríferos. Para su extracción creará un impuesto a la población
nativa, según el cual todo indígena mayor de 14 años debía entregarle cada tres
meses un cascabel de Flandes lleno de oro y una arroba de algodón. Según la
obra Historia del Almirante, escrita por Hernando Colón. Cristóbal Colón conquistaba siempre los territorios
en nombre de los Reyes Católicos pero con la llegada del juez pesquisidor Francisco de Bobadilla en el año 1500 Colón fue
arrestado y Francisco explotaría las desavenencias de los colonos contra Colón
y les ofrecería indios en encomienda y tierras a cambio de su apoyo contra el
Almirante. Francisco de Bobadilla se nombraría gobernador y tomaría posesión
del palacio y propiedades de Colón en Santo Domingo. Posteriormente, Bobadilla
sería relevado por Nicolás de Ovando. Colón estableció una orden según
la cual la mitad de todo el oro que obtuvieran los colonos debía entregarse a
la Corona aunque nadie obedecía esa orden hasta que Ovando bajó la cantidad a
una quinta parte.
En 1503 Nicolás de Ovando escribiría a la Corona instando a instrucciones
para que la conversión al cristianismo de los indios se hiciera sin someterlos
a fuerza alguna, a que los indios en lugar de vivir de forma dispersa y
primitiva "se congregaran en pueblos, como están las personas que
viven en nuestros reinos" y que se fomentaran los matrimonios
interraciales, en vistas a una más pronta civilización y
cristianización. Las encomiendas se institucionalizarán en América por una
Real Provisión del 20 de diciembre de 1503.
Para evitar recuperar los malos usos y los sistemas medievales abolidos en
1509 la Corona decretó que la encomienda no podía considerarse a perpetuidad y
que los indios sólo podían ser encomendados por un periodo máximo de dos años.
Según Rodríguez Demorizi, La encomienda es un derecho
concedido por merced real a los beneméritos de Indias para recibir y cobrar
para sí los tributos de los indios que se les encomendasen por su vida y la de
un heredero, con rango de cuidar de los indios en lo espiritual y temporal y
defender las provincias donde fueren encomendados
Los tributos indígenas en especie (que podían ser metales, ropa o bien
alimentos como el maíz, trigo, pescado o gallinas) eran recogidos por el
cacique de la comunidad indígena, quien era el encargado de llevarlo al
encomendero. Quien encomendero estaba en
contacto con la encomienda, pero su lugar de residencia era la ciudad, bastión
neurálgico del sistema colonial español.
La encomienda fue una institución que permitió consolidar la dominación del
espacio que se conquistaba, puesto que organizaba a la población indígena como
mano de obra forzada de manera tal que beneficiaran a la corona española.
Supuso una manera de recompensar a aquellos españoles que se habían
distinguido por sus servicios y de asegurar el establecimiento de una población
española en las tierras recién descubiertas y conquistadas.
La encomienda también sirvió como centro de culturización y evangelización obligatoria. Los indígenas eran reagrupados por
los encomenderos en pueblos llamados "Doctrinas", donde debían
trabajar y recibir la enseñanza de la doctrina cristiana a cargo generalmente
de religiosos pertenecientes a las Órdenes regulares. Los indígenas debían encargarse también de la
manutención de los religiosos.
La encomienda de la colonización española de América y Filipinas fue establecida como un derecho otorgado por el
Rey (desde 1523) en favor de un súbdito español. El español titular del derecho
(encomendero) recibe la encomienda con el objeto de que éste percibir los
tributos que los indígenas debían pagar a la corona (en trabajo o en
especie y, posteriormente, en dinero), en consideración a su calidad de
súbditos de ésta. A cambio, el encomendero debía cuidar del bienestar de
los indígenas en lo espiritual y en lo
terrenal, asegurando su mantenimiento y su protección, así como su
adoctrinamiento cristiano (evangelización). Sin embargo, se produjeron abusos por parte de los
encomenderos y el sistema derivó en muchas ocasiones en formas de trabajo forzoso o no libre, al reemplazarse, en muchos casos, el
pago en especie del tributo por trabajo en favor del encomendero.
El reparto de las encomiendas no fue homogéneo entre todos los españoles.
En 1514 más de la mitad de los españoles no tenían ningún indio a su cargo
mientras que el 11% de los que sí tenían habían recibido el 44% de estos.
Legislación
contra los abusos.- La encomienda dio lugar a ciertos abusos y, en
algunos casos, a una especie de esclavitud encubierta. Estos comportamientos
fueron denunciados por auténticos humanistas españoles, como Fray Montesinos y
Fray Bartolomé de las Casas. Fray Matías de Paz reflexionó desde el punto de
vista cristiano mientras que el jurista López de Palaci y Rubios aportó un
punto de vista jurídico. Bartolomé de las Casas llegaría a ser atendido por
Carlos I y Felipe II.
Las Leyes de
Burgos. - En 1512 las denuncias de Fray Montesinos, relativas a
algunos abusos de estas primeras encomiendas, provocan la inmediata
promulgación de las Leyes de Burgos ese mismo año, ampliadas un año después,
donde se desarrolla y define de manera explícita el sistema laboral en las
encomiendas, con los siguientes derechos y garantías de los indios y las
obligaciones de los encomenderos de trato justo: trabajo y retribución
equitativa y que evangelizara a los encomendados. Sin embargo, a partir de
la secularización del Imperio español, estas obligaciones fueron omitidas transformándose
la encomienda en un sistema de trabajo forzado para los pueblos originarios en favor de los encomenderos. El 9 de diciembre de 1518, esta ley se
enriquece estableciendo que solo podrán ser encomendados aquellos indios que no
tengan recursos suficientes para ganarse la vida, así como que en el momento en
que fuesen capaces de valerse por sí mismos, habrían de cesar en la encomienda.
Las leyes llegaban a obligar a enseñar a leer y escribir a los indios.
Las Leyes
Nuevas.- En 1527 surge una nueva ley que
determina que la creación de cualquier nueva encomienda habrá de contar
necesariamente con la aprobación de religiosos, sobre quienes recae la
responsabilidad de juzgar si a un colectivo concreto de indios les podría
ayudar a desarrollarse una encomienda, o si resultaría contraproducente.
En 1547 Carlos I, tras 50 años de existencia de la encomienda, considera
que los indios han adquirido el suficiente desarrollo social como para que
todos los indios deban ser considerados súbditos de la Corona como el resto de
españoles. Por eso, se crean en 1542 las Leyes Nuevas, donde queda consignado
que: No se asignarán nuevas encomiendas, y las ya existentes habrán de morir
necesariamente con sus titulares.
Quedan
suprimidas aquellas encomiendas que obraban a favor de miembros del clero, de
funcionarios públicos, o de personas sin título de conquista.
Se limita
considerablemente el importe de los tributos que habían de satisfacer los
encomendados.
Es abolida
definitivamente cualquier forma de esclavitud que pudiese quedar, así como
cualquier otra categoría de trabajo forzoso.
Los nuevos Virreyes llegaron a América con órdenes expresas de que se
cumplieran estas leyes, lo contrario que había pasado con las anteriores,
llegando a haber una guerra en Perú entre los encomenderos y los leales al rey
en 1544 capitaneada por Gonzalo Pizarro y otra en 1553 capitaneada por
Francisco Hernández Gijón. Mientras, en el Virreinato de Nueva España, el
virrey Luis Velasco y Ruiz de Alarcón liberaba a 15.000 indígenas.
Lamentablemente, las Leyes Nuevas no pudieron aplicarse plenamente. En
Perú, como hemos comentado, fueron tomadas como excusa para una grave revuelta,
capitaneada por Gonzalo Pizarro, y esto, unido a la presión de varios grupos de
poder, hizo que Carlos I dejara sin vigor el artículo 30, que eliminaba el
carácter hereditario de las encomiendas. Esto provocó que en algunas zonas
perviviera hasta 1791. En la segunda mitad del siglo XVI el Virrey de Perú Francisco de Toledo trató la supresión del derecho
de herencia de las encomiendas con Felipe II pero el tema no se resolvió.
Decadencia en
América.- Las denuncias frente al maltrato de
los indígenas por parte de algunos de los encomenderos, nunca por mandato de la
Corona Española, y el advenimiento de la llamada catástrofe del siglo XVII, aunque en algunos lugares llegó a sobrevivir aún
hasta el siglo XVIII. La encomienda fue siendo
reemplazada por un sistema de esclavitud abierta de personas secuestradas en África y
llevadas forzadamente a América.
En
Chile, Ambrosio O'Higgins, mediante un edicto del 7 de febrero
de 1789, suprimió las encomiendas cuando ya eran simplemente una institución en
decadencia. Este edicto fue ratificado por Carlos IV en 1791, fecha en que se concretó
su abolición definitiva.
La
institución de la encomienda se basaba fuertemente en la adscripción tribal del
individuo sujeto a ella (siendo de hecho los caciques, curacas, u otros jefes
tribales quienes actuaban como intermediarios y organizadores del servicio). A
los mestizos, por ejemplo, la ley los eximía de la encomienda.
Esto provocó que muchos aborígenes buscaran deliberadamente diluir su
identidad étnica o tribal y la de sus
descendientes, intentando casarse con individuos de distinta etnia,
especialmente con españoles (recién llegados, o criollos). La encomienda, de este modo, debilitó severamente
la etnicidad e identificación tribal de los Amerindios, y esto a su vez
disminuyó el número de potenciales encomendados. Son, en definitiva, factores
como el mestizaje y la progresiva disminución de los naturales, lo que terminó
por transformar el sistema de encomienda en uno de inquilinaje o latifundismo en la América Colonial.
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