jueves, 17 de enero de 2013

LA VEREDA TROPICAL DEL PODER

En el Peru de cada diez politicos a tiempo completo suenan con la presidencia del Peru.
Dos de cada dos ex presidentes de la Republica jamas se alejan  de la idea de volver al poder.  Si de ellos hubiera dependidocrear las condiciones de una reeleccion inmediata o de mas , no lo ubieran pensadodos veces, como ya ocurrio con Alberto Fujimori, cuando convirtio esa desmedida ambicion  en el mayor atoyadero politico de su destino.
Sin ir mas lejos, una de cada tres esposas de presidente de la Republica siente la tentacion de sentarse, mas temprano que tarde, en el mas elevado sillon del pais.
Este podria ser el caso de Nadine Heredia: el que su tentacion por el poder presidencial sea mas grande que la necesidad de mantenerla en secreto y que, por eso mismo, pareceria no desear descartarla de plano sino preferir dejar correr la posibilidad de una postulacion que encerraria algunos inconvenientes legales, constitucionales y hasta eticos.
La eventual candidatura de la primera dama no seria una vela encendida en el candelero politico de cada dia si no intervinieran en ella tres factores nada candidos: el silencio promocional de la propia senora Nadine, su ejercicio de facto real del poder presidencial y la porosidad de la estructura legal e institucional del pais, que representa el ojo de guja perfecto por el cual puede pasar  hasta un camello.
Esto ultimo (la porosidad de la estructura legal e institucional) se hiz evidente hace poco a la hora  en que, respondiendo a los medios de comunicacion, tanto el nuevo presidente del Jurado Nacional de Elecciones como su par del Tribunal Constitucional se esmeraron en adelantar opinion favorable a la postulacion de la senora Heredia, sin la prudencia y discrecion propias de sus correspondientes investiduras jurisdiccionales. Si bien el segundo se retracto, el primero carga con la responsabilidad de haber puesto  una pica en Flandes demasiado anticipada por algo que requiere todavia mucha maduracion.
En efecto, no es cierto que la ley organica que define la naturaleza de una candidatura presidencial, y que prohibe que la conyugue del mandatario en ejercicio pueda postular el cargo, sea inconstitucional. Podria parecer que la ley organica vigente restringiera derechos legitimos de la aspirante de turno pero son las motivaciones detras de la norma las que tienen un peso fundamental, al advertir que la postulacion de la esposa de un presidente en funciones supondria 1. la distorcion del mandato presidencial mismo, al no poder liberarse de una fuerte carga proselitista, 1. La ventaja de movilizacion publica de la candidata de a casa de gobierno sobresus contendores y 3. el uso propagandistico de los resortes de poder y los recursos publicos, en el contexto de un manejo politico electoral practicamente imposible de transparentar y fiscalizar.
Si el titular del Jurado Nacional de Elecciones encuentra la formula magica de transparentar limpia y eticamente la eventual postulacion de la senora Heredia desde el terreno del choque con los fines y medios del poder presidencial, su adelanto de opinion habra tenidosentido.
La restriccion es mas etica que constitucional. Y el JNE no es cualquier voluntarioso matasellos del poder politico. 

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